A cada Reclamación escrita le corresponde un escrito de respuesta aún cuando varias reclamaciones se refieran al mismo caso.
Cuando no existe norma expresa el plazo genérico para considerar una petición rechazada es de 3 meses según la Ley 30/92. El periodo máximo de respuesta escrita es de 30 días hábiles desde el primer día de registro en la Consejería de Sanidad.
Por tanto evita Ventanillas Únicas porque alargan los plazos.




